Las sentencias recientes sobre el despido estando de baja han establecido que, en principio, este tipo de despido es nulo, salvo que la empresa acredite que el despido no está motivado por la situación de baja médica del trabajador.
Esta nueva jurisprudencia se basa en la Ley 15/2022, de 12 de julio, para la igualdad de trato y la no discriminación, que establece que el despido de una persona trabajadora en situación de incapacidad temporal se considera discriminatorio, salvo que se acredite que la decisión empresarial nada tiene que ver con ese hecho.


En concreto, la jurisprudencia ha establecido que, para que el despido no sea nulo, la empresa debe acreditar los siguientes elementos:
Que el despido se fundamenta en una causa objetiva o disciplinaria, y no en la situación de baja médica del trabajador.
Que la decisión empresarial se ha adoptado de forma objetiva y razonable, y no arbitraria.
Que la empresa ha realizado todas las actuaciones posibles para evitar el despido, como la readaptación del puesto de trabajo o la oferta de un puesto de trabajo alternativo.
En caso de que el despido sea declarado nulo, el trabajador tiene derecho a ser readmitido en su puesto de trabajo y a percibir los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, salvo en el periodo concurrente con el subsidio de incapacidad temporal.

Algunas de las sentencias recientes sobre el despido estando de baja son las siguientes:
Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona de 20 de julio de 2022. En esta sentencia, el juez anula el despido de un trabajador que se encontraba de baja médica por incapacidad temporal. El juez considera que el despido es nulo porque está motivado en un factor de discriminación como es la enfermedad.
Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo de 15 de febrero de 2023. En esta sentencia, el juez declara la improcedencia del despido de un trabajador de baja médica. El juez considera que la empresa, si bien acredita las causas alegadas, se considera que la decisión no es ajustada a derecho.

Sentencia del Juzgado de lo Social número 11 de Barcelona de 2 de agosto de 2023

En esta sentencia, el juez anula el despido de un trabajador que se encontraba de baja médica por incapacidad temporal. El juez considera que el despido es nulo porque está motivado en un factor de discriminación como es la enfermedad.
En definitiva, la jurisprudencia reciente ha establecido que el despido estando de baja es, en principio, nulo. Esto significa que, si un trabajador es despedido estando de baja, puede impugnar el despido ante los tribunales para que sea declarado nulo.
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