Si le han despedido y no tenía contrato laboral, no hay que entrar en pánico, porque en principio, la existencia de una relación laboral se puede probar. El Estatuto de los Trabajadores de España establece que se presume la existencia de una relación laboral cuando se ha prestado o se está prestando un servicio a cambio de un salario sea en dinero o en especie. Es decir, quien trabajaba sin contrato tiene los mismos derechos que si hubiera firmado un contrato, pero siempre que se demuestre que existe una relación laboral.Igualmente debe diferenciarse entre aquellos supuestos en los que no se ha formalizado un contrato porque éste era verbal, pero se han ingresado las cotizaciones o confeccionado las nóminas, de aquellos supuestos donde únicamente se ha entregado un dinero en efectivo, sin otra formalidad. En el segundo caso acreditar la relación laboral es más difícil pero no imposible. Aconsejando acudir a la vía de la inspección de trabajo o la jurisdicción social con las pruebas necesarias.

En segundo lugar, seria útil enviar un Burrofax al empresario lo antes posible, poniendo a su conocimiento que hay que enviarte la carta de despido, tanto como la indemnización correspondiente, según indique la ley. Debes saber que el despido requiere de formalidad, es decir, debe realizarse por escrito. Por lo tanto, el empresario debe comunicarte tu despido mediante carta.
Es esencial recordar que el plazo para reclamar el despido es de 20 días hábiles (sin contar festivos ni fines de semana)  desde el mismo momento en el que se produjo la extinción del contrato; pasado este plazo, ya no podrás reclamar contra el despido y este se convertirá en un despido válido, aunque en realidad fuera improcedente.

Trabajadores sin papeles

En relación a este asunto, muchas personas que se encuentren en esta situación no quieren demandar porque ,,no tienen papeles”. Esto no debería ser un obstáculo para defender tus derechos, porque el fondo del asunto no es si te encuentras en situación “irregular” o no en España, sino en si el despido es procedente o no o en si debes o no ser indemnizado.

Finalmente, hay que recordar que solo tienes que aportar a tu abogado todas las pruebas que puedas conseguir para probar ante el Juzgado que realmente existió una relación laboral (por ejemplo, mensajes enviados con tu jefe o testigos), para que después, el abogado empiece los trámites necesarios. En tal caso es la empresa la que tiene que demostrar que no trabajabas para ella.  La circunstancia de ser despedido, en especial si no hay contrato, es muy desagradable, pero debes afrontarla de la mejor forma posible. Por esto es importante saber qué hacer para, sobre todo, no perder ninguno de tus derechos o la posibilidad de reclamar, si no estás de acuerdo con los motivos que el empresario invoca para despedirte.

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